“Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites y métodos de prueba y etiquetado.” Primera etapa de implementación – Refrigeradores y congeladores con capacidad igual o mayor a 550 litros.
El 28 de junio del 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la norma oficial mexicana NOM-015-ENER-2018 “Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites y métodos de prueba y etiquetado”.
Esta nueva edición de norma entrará en vigor de manera escalonada conforme a los plazos establecidos en las etapas de implementación definidas en el inciso 4.1 de la norma, dependiendo de la capacidad de los productos expresada en litros (L):
ETAPA | Implementación | Fecha Entrada en vigor | Capacidad (Litros) | Norma aplicable |
1 | 360 días naturales a partir del día siguiente de su publicación | Junio 23, 2019 | Igual o mayor a 550 L | NOM-015-ENER-2018 |
2 | 720 días naturales a partir del día siguiente de su publicación | Junio 17, 2020 | Mayor o igual a 400 L | NOM-015-ENER-2018 |
3 | 1 080 días naturales a partir del día siguiente de su publicación | Junio 12, 2021 | Todos los refrigeradores y congeladores | NOM-015-ENER-2018 |
por lo que le solicitamos tome en consideración lo siguiente para el caso de refrigeradores y congeladores de capacidad mayor o igual a 550 L:
Si usted cuenta con un certificado NOM expedido antes del 23 de junio de 2019 con base en la norma NOM-015-ENER-2012, sus productos podrán comercializarse hasta agotar el inventario del producto y/o hasta la fecha de vencimiento de su certificado.
No será necesario esperar el vencimiento del certificado NOM con la NOM-015-ENER-2012, o a la entrada en vigor de la primera etapa de implementación para obtener el certificado NOM bajo la norma NOM-015-ENER-2018.
El 20 de junio del 2019 es el último día para ingresar solicitudes de certificación, renovaciones o modificaciones de alcance en la norma NOM-015-ENER-2012. Posterior a esa fecha no se aceptarán para estos productos servicios de certificación bajo ésta norma.
Las acciones correctivas, aclaraciones o respuesta a las notificaciones enviadas por Intertek y relacionadas con productos de capacidad mayor o igual a 550 L, podrán ser ingresadas a Intertek hasta el 20 de junio del 2019.
En caso de que usted ya cuente con Notificaciones de Cumplimiento emitidas por Intertek en la versión 2012 de esta norma, dichas Notificaciones no podrán ser utilizadas para la renovación de sus productos. Una nueva solicitud de servicios deberá presentarse bajo los nuevos requisitos de la norma NOM-015-ENER-2018.
Si usted desea mayor información acerca de nuestros servicios, le agradecemos se comunique con nosotros a través del correo electrónico: cbwebinfo.mexico@intertek.com o al teléfono:
+52 (55) 5998-0900 ext. 6115.
Apreciamos su preferencia por nuestros servicios.
2019-06-03